Los proveedores de bienes y servicios están obligados a extender factura o comprobante de compra, en que conste claramente el Registro Único de Contribuyente (RUC), la identificación de los bienes y servicios, el precio y a la fecha de entrega, señala la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco).
Durante verificaciones de oficio y en atención a denuncias, al comprobarse la no entrega de dichos documentos, los funcionarios de la Acodeco levantan un acta detallando la falta encontrada al artículo 36 numeral 12 de la Ley 45 de 2007, modificada por la Ley 34 de 2016, que establece la obligatoriedad del proveedor de extender factura.
Según registros del Departamento de Verificación, de enero 2022 a abril 2023, se han levantado 19 actas por este tipo de anomalía. Entre las últimas inspecciones, se han levantado acta con esta irregularidad, al salón de belleza “Donde La Parce”, ubicados en Plaza Córdoba y San Francisco.
Cabe destacar que, la no entrega de factura fiscal es un tema que le compete verificar a la Dirección General de Ingresos.